Bolsa de Empleo
A) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
B) Transparencia.
C) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
D) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
E) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
F) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
1) Personal de limpieza de edificios municipales, módulos playas y colegios de primaria.
2) Peón Limpieza viaria.
3) Peón Recogida de residuos.
4) Limpiador/a de autobuses.
5) Inspector/a de autobuses.
6) Controlador/a de servicio de autobuses.
7) Conductor/a de autobuses.
8) Conductor/a de vehículos pesados.
9) Oficial 1ª Mecánico/a servicio de autobuses.
10) Oficial 1ª Mecánico/a servicio de limpieza.
11) Oficial 2ª Mecánico/a servicio de autobuses.
12) Oficial 2ª Mecánico/a servicio de limpieza.
13) Oficial 1ª Chapista servicio de autobuses.
14) Oficial 1ª Chapista servicio de limpieza.
15) Oficial 2ª Chapista servicio de autobuses.
16) Ofical 2ª Chapista servicio de limpieza.
11) Oficiales Mantenimiento de Colegios especialidad pintura.
11) Oficiales Mantenimiento de Colegios especialidad albañilería.
11) Oficiales Mantenimiento de Colegios especialidad fontanería.
11) Oficiales Mantenimiento de Colegios especialidad electricidad.
11) Oficiales Mantenimiento de Colegios especialidad carpintería.
12) Oficial 2ª Cristaleros.
- a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- b) Estar en posesión del certificado de escolaridad equivalente.
- c) Estar en posesión del permiso de conducción tipo B. para las especialidades de Personal de limpieza viaria, recogida de residuos, oficiales mantenimiento, oficiales 2ª chapista, oficiales 2ª mecánicos y cristaleros.
- d) Estar en posesión del permiso de conducción tipo C+E y CAP. Conductor de vehículos pesados.
- e) Estar en posesión del permiso de conducción tipo C+E. Mecánicos oficiales primera mecánica y chapistas oficiales primera del servicio de limpieza y del permiso de conducción tipo D para oficiales primera mecánica y oficiales primera chapista del servicio de autobuses.
- f) Estar en posesión del permiso de conducción tipo D y CAP. Conductor de autobuses e inspectores de autobuses.
- g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto.
- h) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. (Excepto para el personal que deba prestar servicios en el turno de noche, que deberá tener cumplidos los 18 años).
- i) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas – Sector Público o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, se deberá acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- j) Certificado negativo de delitos penales de naturaleza sexual.
- k) Para todos aquellos candidatos que acrediten discapacidad intelectual, únicamente están eximidos de la posesión del certificado de estudios primarios y de permiso de conducción tipo B, aquellos que opten a las especialidades de personal de limpieza viaria.
- La puntuación de la fase de oposición representa el 60% de la puntuación.
- La puntuación de la fase de concurso representa el 40% de la puntuación.
a) Trabajos realizados como trabajador en la especialidad a la que se opte: 0,016 puntos por día cotizado, siendo excluida la liquidación por vacaciones. Límite de 30 puntos.
A fin de acreditar los méritos por trabajos realizados, se aportarán los contratos de trabajo y/o certificado de empresa, así como informe de vida laboral.
a.1 Los contratos podrán ser descargados a través de internet, en la página del Servicio Público de Empleo Estatal. Enlace oficial https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/contratos/consulta-datos-contratos.html.
El acceso se realiza bien con DNI electrónico, certificado digital o nombre de usuario y contraseña del sistema cl@ve.
Una vez cargada dicha página se pulsa en “Acceso a la aplicación”. Se entra en la pantalla de identificación.
Superada la identificación, hay que seleccionar por empresa, tipo de contrato o periodos de tiempo.
Se obtiene el resultado de la búsqueda: la lista de contratos disponibles. El listado de contratos se puede imprimir o bien se puede hacer clic donde indica ID comunicación para obtener el detalle de cada contrato.
Se puede obtener el detalle de un contrato haciendo clic sobre su enlace.
2. El personal que haya prestado sus servicios en Algesa, también podrá dirigirse al portal del empleado para sacar información sobre los días efectivamente trabajados.
b) Por cursos relacionados con el trabajo a desempeñar hasta 21 horas: 2 puntos.
c) Por cursos relacionados con el trabajo a desempeñar entre 22 horas a 80 horas: 3 puntos.
d) Por cursos relacionados con el trabajo a desempeñar que superen las 81 horas: 4 puntos.
e) Estar en posesión del permiso de conducción tipo B, 3 puntos.
f) Estar en posesión del permiso de conducción tipo C y CAP, 4 puntos.
g) Estar en posesión del permiso de conducción tipo CE y CAP, 5 puntos.
h) Estar en posesión del permiso de conducción tipo D y CAP, 5 puntos.
Los cursos o titulaciones presentados deberán estar homologados por cualquier Organismo Oficial y/o impartidos a través de FUNDAE.
Los cursos de formación que no aparezcan las horas lectivas no serán valorados, así como los que no figure el temario objeto del curso.
Cursos valorables:
- Personal de limpieza de edificios municipales, módulos playas y colegios de primaria: Cursos de prevención de riesgos laborales (excluyéndose los específicos relacionados con actividades distintas a las del puesto ofertado) (puntuación limite 3 puntos), cursos de limpieza de oficinas y/o colegios, cursos de técnicas de Limpieza en oficinas y/o colegios.
- Limpieza viaria: Cursos de fumigación, desbroce, prevención de riesgos laborales (excluyéndose los específicos relacionados con actividades distintas a las del puesto ofertado) (puntuación limite 3 puntos), limpieza viaria, gestión de residuos, recogida de residuos.
- Peón recogida de residuos: Cursos de fumigación, desbroce, prevención de riesgos laborales (excluyéndose los específicos relacionados con actividades distintas a las del puesto ofertado) (puntuación limite 3 puntos), limpieza viaria, gestión de residuos, recogida de residuos.
- Limpiador de autobuses: Cursos de prevención de riesgos laborales (excluyéndose los específicos relacionados con actividades distintas a las del puesto ofertado) (puntuación limite 3 puntos), cursos de limpieza industrial.
- Inspector de autobuses: Cursos de prevención de riesgos laborales (excluyéndose los específicos relacionados con actividades distintas a las del puesto ofertado) (puntuación limite 3 puntos), de gestión de flotas, excel, word, organización de personal, Liderazgo en el ámbito empresarial, Titulación universitaria ámbito empresarial (cinco puntos).
- Controlador servicio de autobuses: Cursos de prevención de riesgos laborales (excluyéndose los específicos relacionados con actividades distintas a las del puesto ofertado) (puntuación limite 3 puntos), cursos de atención u organización al público.
- Conductores: Cursos de prevención de riesgos laborales (excluyéndose los específicos relacionados con actividades distintas a las del puesto ofertado) (puntuación limite 3 puntos), Cursos de conducción, de gestión de residuos, de atención al público.
- Mecánicos, chapistas y oficiales: Cursos de prevención de riesgos laborales (excluyéndose los específicos relacionados con actividades distintas a las del puesto ofertado) (puntuación limite 3 puntos), cursos de sus especialidades.
No se puntuarán aquellas titulaciones o permisos oficiales que legalmente sean necesarios o preceptivos para desempeñar la profesión de que se trate o sean requisitos de obligatoriedad en las presentes bases.
Todos los documentos presentados, inclusive los méritos puntuables deben de estar firmados por el candidato manualmente debiendo de figurar el siguiente texto:
“COPIA DEL ORIGINAL”
Nombre y apellidos.
D.N.I.
Firma manuscrita.
Se considerará como no presentado toda aquella documentación que no se corresponda exactamente como se ha descrito.
La suma de los apartados b, c, d, e, f, g, h, tiene como límite máximo 10 puntos.
La puntuación total del proceso selectivo, vendrá determinada por la suma aritmética de los puntos obtenidos, siendo el máximo 100 puntos. Una vez valorados los méritos, se publicará una lista provisional con la composición por orden de puntuación de la Bolsa de Empleo, conforme a los criterios de estas bases. El listado definitivo se publicará una vez resueltas las reclamaciones presentadas, en su caso, conforme al procedimiento previsto en estas Bases, y cuando hubiera transcurrido el plazo para formularlas sin su constancia.
El orden de colocación de los aspirantes en la Bolsa de Empleo se establecerá de mayor a menor puntuación.
En caso de empate primará quien tenga mayor nivel de formación, en caso de continuar el empate será por orden alfabético, que determinará su inicio una letra del alfabeto sacada al azar.
Aquellos candidatos que no demuestren aptitudes mediante la superación de las pruebas teóricas, y/o prácticas, así como del período de prueba, no se integrarán en la Bolsa de Empleo o serán expulsados de ella conforme a lo previsto en estas Bases.
Octavo. — Documentación a presentar.
-Requisitos de los aspirantes:
- Documento Nacional de identidad.
- Documento acreditativo certificado de escolaridad o equivalente.
- Permiso de conducción y CAP requerido en las bases.
- En caso de presentar discapacidad compatible con el puesto de trabajo, certificado que lo acredite.
- Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del perso nal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, se deberá acreditar mediante declaración jurada no hallarse inhabilitado o en situa ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Certificado negativo de delitos penales de naturaleza sexual.
- Justificante de abono de los derechos de examen. Dejar constancia del nombre y apellidos del candidato y categoría a la que opta, en el documento bancario de ingreso en cuenta
- Méritos presentados:
Cuando se demuestre que algún candidato ha falsificado o emulado la posesión de cualquier documentación, curso de formación, titulación etc , el mismo será expulsado automática mente de la Bolsa y verá extinguida su relación laboral con Algesa.
Noveno. — Presentación de instancias y documentación.
La presentación de candidaturas y todos los documentos necesarios, se realizará de modo presencial en las oficinas de ALGESA, sita en paraje botafuegos S/N o por cualquiera de los medios dispuestos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las publicaciones sobre el proceso o fases de creación de la bolsa, se realizarán a través de la página Web de la sociedad Algesa.
La presentación de candidaturas a la presente bolsa está sujeta al abono de derechos de examen. El abono de tales derechos debe de hacerse en el mismo plazo de entrega de solicitudes, en caso de no realizarse, el candidato queda excluido del presente proceso, no siendo un requisito subsanable.
Por cada convocatoria a la cual quiera el candidato presentarse, tendrá que presentar una solicitud individualizada con el abono por cada una de su tasa de derecho a examen. No se admitirán solicitudes indebidamente presentadas o sin acompañamiento de la tasa de derecho a examen.
Por cada convocatoria a la cual quiera el candidato presentarse tendrá que presentar una solicitud individualizada con el abono de su derecho de examen. No se admitirán solicitudes indebidamente presentadas o sin acompañamiento del abono de los derechos de examen.
TASAS:
El importe de la tasa por inscripción para todas las categorías es de 34 €.
Asimismo, y para todas las plazas y/o categorías en las que se establezca un segundo examen práctico, se deberá abonar otra tasa de 15 €.
Deberá adjuntarse justificante de pago de las tasas junto con la solicitud de participación, siendo la fecha máxima de su abono el último día de presentación de las solicitudes.
Se abonará el importe de las tasas anteriormente señaladas por cada categoría a la que se opte.
Forma de pago: Previamente mediante carta de pago.
Abonar previamente la cantidad de 34 € o 34 €+15 € como derechos de inscripción y/o examen, debiendo dejar constancia del nombre y apellidos del candidato y categoría a la que opta, en el documento bancario de ingreso en cuenta, siendo obligatorio adjuntar justificante de ingreso a la solicitud de inscripción. La cuenta bancaria donde se pueden efectuar los ingresos es:
ES8321034035000030003238
Décimo. — Reconocimiento médicos.
Debido al gran número de candidatos que pueden integrar la Bolsa de Empleo, los reconocimientos médicos se irán pasando, una vez completado por el candidato el proceso completo, por grupos conforme necesidades de la empresa., al objeto de comprobar la capacidad funcional para el desempeño del puesto de trabajo, no siendo contratadas y excluidos de la bolsa, las personas con informe médico desfavorable. Los reconocimientos médicos podrán incluir pruebas de detección de alcoholemia, drogadicción con el fin de prevenir riesgos laborales.
Décimo primero. — Orden de candidatos.
Una vez valorado los méritos y/o pruebas pertinentes se conformará una lista que la encabezará el candidato de mayor puntuación, siendo éste el orden de llamada por parte de la em presa. La empresa tiene la facultad de alterar el orden de llamada, atendiendo a criterios de capacidad por causas específicas que el puesto de trabajo requiera.
Décimo segundo. — Procedimiento de presentación al puesto de trabajo.
Para la cobertura de las vacantes objeto de la presente bolsa, que puedan ser planificados los candidatos se irán llamando por el orden establecido por medio de correo electrónico y con antelación mínima de 48 horas. Para aquellas vacantes que no puedan planificarse, la empresa llamará por el orden establecido vía llamada telefónica, hasta que se localice un candidato. Si un candidato no es localizado en tres ocasiones que requieran su incorporación será expulsado de la bolsa de trabajo. A la segunda vez que no se localice un candidato, le será comunicado por medio de correo electrónico la situación en la que se encuentra.
Décimo tercero. — Expulsión de miembro de la bolsa.
Serán causas de expulsión de la bolsa los siguiente:
- No superar el periodo de prueba, de conformidad con lo establecido en estas bases.
- Pérdida de los requisitos de admisión.
- Imposición de sanción laboral calificada como grave o dos leves.
- Renuncia al puesto de trabajo.
- Los trabajadores que no sean localizados por medio de su correo electrónico o llamadas telefónicas, en tres ocasiones.
- No atender al llamamiento de presentación al puesto de trabajo. Salvo causas médicas.
- No atender al llamamiento de reconocimiento médico.
El tribunal de selección se conformará de acuerdo al artículo 60 del EBEP.
El tribunal queda facultado para resolver e interpretar las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para llevar a buen fin el proceso selectivo en todo lo no previsto en estas Bases, pudiendo nombrar asesores o especialistas para su desarrollo o subcontratar el proceso de desarrollo del proceso de la bolsa.
El Tribunal podrá eliminar a los aspirantes durante el desarrollo del proceso selectivo por razones de indisciplina o desobediencia.
El número de miembros del tribunal, incluido su Presidencia será de cinco, pudiendo confor marse el mismo con la presencia de tres de sus miembros.
Los integrantes podrán delegar o designar suplentes que serán aprobados por la Presidencia del Tribunal.
Los miembros del Tribunal están sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en la legislación vigente.
Décimo quinto. — Publicación y plazo de presentación.
El plazo de presentación de candidatos/as será de 15 días desde su publicación en el Boletín oficial de la Provincia de Cádiz. El plazo de presentación de candidaturas comenzará a las 10:00 del primer día de plazo y finalizará a las 13:00 h del último día.
Décimo sexto. — Reclamaciones y recursos.
Contra las Bases de Selección y lista provisional de admitidos y excluidos, los interesados/as podrán presentar reclamación respectivamente ante el Tribunal de Selección nombrado por la empresa en el plazo de 7 días naturales desde la publicación.
Contra los actos del Tribunal derivados del proceso selectivo, los interesados podrán presentar reclamación ante el mismo en el plazo de 5 días desde que se hayan producido. El Tribunal resolverá motivadamente las reclamaciones presentadas notificándoselas a los reclamantes, admitiéndose la publicación en la forma prevista en el punto noveno de las bases.
Contra los actos de resolución de reclamaciones contra la lista de admitidos y excluidos y contra los actos del Tribunal, resolviendo las reclamaciones presentadas, los interesados podrán presentar demanda ante la jurisdicción laboral.
Si transcurridos dos meses desde la conclusión del proceso selectivo y no se hubiera presentado reclamación contra el resultado del mismo, la Empresa podrá destruir o eliminar las solicitudes y documentación presentada y no reclamada por los interesados en ese plazo.
Décimo séptimo. — Protección de datos.
La Empresa ALGESA, es la responsable del tratamiento de los datos personales de los participantes, que serán tratados con la finalidad de llevar a cabo la correcta ejecución del proceso selectivo.
La base de licitud del tratamiento de sus datos personales, se fundamenta en la existencia de una relación precontractual entre las partes.
En el caso de que sea seleccionado, ALGESA podrá corroborar la información aportada por el participante, poniéndose en contacto con las empresas, entidades o administraciones para las que haya trabajado, siendo la base de licitud del tratamiento la existencia de un interés legítimo por parte de la empresa.
Los datos de carácter personal que hubiese aportado para participar en este proceso selectivo, no serán comunicados a terceros salvo para el cumplimiento de obligaciones legales, o para aquellos procesos necesarios para la realización del presente concurso. No se transferirán fuera del espacio de la Unión Europea.
El nombre de la persona seleccionada será objeto de publicación.
Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como aquellos otros reconocidos en la normativa de protección de datos, cuando proceda, ante ALGESA.
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