Nuevas notificaciones de la Seguridad Social


Desde el 1 de septiembre de 2026 las notificaciones de la Seguridad Social para trabajadores de baja se reciben por Internet y tienes 10 días naturales para abrirlas. 

Qué ha cambiado exactamente

La Seguridad Social ha activado la obligación de que todas las personas en incapacidad temporal (baja laboral), incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes reciban sus comunicaciones exclusivamente por vía electrónica.  
Este cambio procede de la Orden ISM/541/2026, que modifica la normativa anterior. 

Esto afecta a cualquier trabajador que esté de baja y supone que ya no te enviarán cartas en papel, salvo excepciones muy concretas (por ejemplo, si no tienen tus datos electrónicos). 

Dónde recibirás las notificaciones

Las comunicaciones estarán disponibles en:

- Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS)  
- DEHú (Dirección Electrónica Habilitada Única)  
- Mi Carpeta Ciudadana  

La Seguridad Social enviará un aviso de cortesía por SMS o email, pero si no llega el aviso, el plazo igualmente corre. 

Plazo crítico: 10 días naturales

Cuando la notificación esté disponible en tu buzón electrónico:

- Tienes 10 días naturales para abrirla.  
- Si no la abres, se considera legalmente practicada y rechazada.  
- Puedes perder plazos de alegaciones, recursos o incluso prestaciones. 

Esto es especialmente relevante si la notificación contiene:

- Un alta médica  
- Una denegación o prórroga de la prestación  
- Una petición de documentación  
- Una citación médica 

¿Desaparecen las cartas en papel?

No del todo. Aunque estés obligado a recibir notificaciones electrónicas, pueden enviarte carta si:

- No tienen tus datos electrónicos  
- Vas personalmente a una oficina y solicitas la notificación allí  
- La actuación administrativa requiere entrega directa  
- Hay urgencia especial 

Qué debes hacer tú ahora

1. Revisar periódicamente tu buzón electrónico (SEDESS / DEHú / Mi Carpeta Ciudadana).  
2. Comprobar que tu móvil y email están actualizados en la Seguridad Social.  
3. Si estás de baja, vigilar especialmente las notificaciones del INSS.  
4. Guardar capturas o justificantes de acceso por si necesitas demostrar plazos.

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